Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el representante del Ministerio Público y se acuerda recibir como PRUEBA ANTICIPADA la declaración de los ciudadanos CARLOS BOZO y ARGENIS GRATEROL (adolescentes), quienes deberán concurrir al acto procesal en compañía de sus respectivos representantes, por cuanto existe la presunción de que no pueda recibirse ante un eventual juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en el artículo 289 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose para el día viernes 22 de Febrero de 2013, a las 02:00 de la tarde, la realización de dicho acto procesal, y la misma se procurará hacer mediante el uso de equipos de videoconferencia, con la finalidad de evitar la confrontación de los testigos con los imputados y de esta manera resguardar su seguridad personal e integridad física.