ORDENA la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en el presente asunto seguido al ciudadano EDUARDO CASTRO PALENTINO, portador de la cedula de identidad Nro: V- Nº 19796450, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 04-02-1991, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Latonero, hijo de VALERIO CASTRO (v) y de ANA DOLORES PALENTINO (v), residenciado en: Caraballeda, Blanquita de Pérez, sector 1, casa S/N, estado Vargas, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos, 458 y 277 del Código Penal en agravio del ciudadano Albino Felipe Méndez González. Se instruye a la secretaria a que remita el presente asunto en su debida oportunidad a la fase de juicio en un plazo de ley. Se emplaza a las partes para en un plazo común de cinco (5) días concurran al Tribunal de Juicio a quien corresponda conocer por distribución.