DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento ORDINARIO contemplado en los artículos 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JUAN AGELMY MAYORA GRIMAN, titular de la cédula de identidad N° 19.628.549, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido el 30-07-1989, de 21 años de edad, Estado civil: Soltero, profesión u oficio Albañil, hijo de CARMEN SAIDA GRIMAN (V) y de JUAN PABLO MAYORA (V), residenciado en: La Soublette, Sector la Roraima, La Matica, casa s/n, de color Blanco, ubicada frente a la Primera Batea, cerca de la Bodega de la Matica, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en re.....