DECISIÓN
Por las razones que anteceden este Tribunal Quinto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA DEMANDA que por NULIDAD DE VENTA incoara el ciudadano ENDER ANTONIO FERNÁNDEZ, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 53.363, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano CALOGERO GALLETTO FRANCISCI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-9.997.175, contra los ciudadanos OSCAR FRANCISCO ÁVILA y MERCEDES ZORAIDA LORENZO ÁVILA, venezolanos, mayores de edad, titular es de la cédula de identidad números V.-5.569.577 y V-6.488.972 respectivamente, por carecer de cualidad para intentar la presente demanda, de conformidad con lo establecido en .....