PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto interpuesto por los Abogados MARCOS BARRIOS y YANDRY SOSA, en su carácter de defensores privados del ciudadano VICTOR ALFONSO MARTINEZ LLANES, titular de la cédula de identidad N° V-13.364.712, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de diciembre de 2013, mediante la cual le decretó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al precitado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION AGRAVADA EN ACCION CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 16, en concordancia con el numeral 7 del artículo 19, ambos de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y en relación con lo establecido en el artículo 99 del Código Penal y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal.
SEGUNDO: Se ADMITE El escrito de contestación interpuesto por el Min.....