a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a Un (01) Año y ocho (08) meses, la cual cumplirá 20-03-2005.
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a Dos (02) Años, Dos (02) Meses y Veinte (20) días, que cumplirá el 10-10-2005.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Que le corresponde al haber cumplido las 2/3 partes de la pena, que es igual Cuatro (04) Años, Cinco (05) Meses y Diez (10) días, que cumplirá en fecha 30-12-2007.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir la 3/4 partes de la pena, que es igual a Cinco (05) Años , la cual cumplirá el 20-07-2008.
SEXTO: Igualmente, de acuerdo a la potestad atribuida al Juez de Ejecución en el ordinal 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal, se sugiere como lugar para que los penados cumplan la condena en LA PENITENCIARIA GENERAL DE VENEZUELA, ANEXO FEMENINO.
SEPTIMO: Particípese lo conducente al Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y a la D.....