DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme a la ciudadana ESTEFANI VELASCO PEREIRA, nacida en fecha 18-08-1992,de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.307.325, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, Distrito Capital, estado Aragua, de estado civil soltera, de profesión u oficio enfermera, hija de José Velasco (v) y de Carmen Pereira (v), residenciada en: Bello Monte, al final de la avenida Miguel Ángel, residencias Milton, piso 02, apartamento 204, Caracas, Distrito Capital, teléfono: 0412-015-9345, conforme a lo previsto en los artículos 471, 474 y 488, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, diarícese, notifíquese,.....