DISPOSITIVA.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al penado IVAN JAVIER SALAZAR MOGOLLON, titular de la cédula de identidad Nº 19.228.608, de nacionalidad venezolana, natural del estado Táchira, nacido en fecha 02-02-1988, de veintidós años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, hijo de Simón Solano (V) y de Sandra Mogollón (V) con residencia en Alta Vista, calle Italia, edificio 15, piso 4, apartamento 8, Catia, Caracas Distrito Capital, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, en virtud del cumplimiento de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1º y 500, del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 04-09-2009, en relación con el contenido de los artículos 24 y 272, ambos de la C.....