, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle al ciudadano LUIS ALBERTO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de Identidad N° 9.346.141, con domicilio en la calle 5, casa S/N, del Barrio Las Flores de San Juan de Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la (fallecida) ciudadana MARIA ISABEL CONTRERAS PÉREZ, quien era venezolana, mayor de edad, con cédula de Identidad Nº 3.074.437, cuyo último domicilio fué la la calle 5, casa S/N, del Barrio Las Flores de San Juan de Colón, Municipio AYACUCHO, Estado Táchira. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para .....