REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (25) de enero del año dos mil seis (2006).-
195° y 146°
Vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos PABLO EMILIO DÍAZ Y MARDONIO JOSÉ CONSTANTE , presentados por la ciudadana: ROSAURA MARIA HERNÁNDEZ RIVERO , manifestaron en sus declaraciones que los ciudadanos: ANA MARIA RIVERO CABRERA DE HERNÁNDEZ, ANA TERESA, ANA JOSEFINA , HÉCTOR GREGORIO, LUIS ALFREDO, LOYDA CRISTINA, JAIME JOSÉ, JUAN DE JESÚS, MIGUEL ADOLFO , ROSAURA MARIA Y VÍCTOR MANUEL HERNÁNDEZ RIVERO , son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana que en vida respondiera el nombre de HÉCTOR GREGORIO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ , este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas a l s.....