DISPOSITIVA.-
Con base a la motivación precedente este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA el otorgamiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena referida Destacamento de Trabajo, requerida favor del ciudadano CARLOS WUILFREDO GONZÁLEZ OVALLES, titular de la cédula de identidad número V-18.068.033, de nacionalidad venezolana, natural de Villa de Cura, estado Aragua, nacido en fecha 01/06/1985, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Jorge González (f) y Genia Ovalles (v), residenciado en Residencias Radio Ovalles, edificio 1, planta baja, apartamento 06, El Valle, Caracas, Distrito Capital, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 488 del Código Orgánico Procesal penal de fecha 15-06-2012.
Publíquese, Diarícese, déjese copia y no.....