DECRETA el total cumplimiento de la Pena Principal impuesta a la penada MARIBEL GARNICA, titular de la cédula de Identidad Nro. 17.127.345, de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacida en fecha 31-03-1976, de estado civil soltera, residenciado en la Primera Calle Barrio El Niño Jesús, Km 3 casa Nro. 25 carretera el Junquito, Municipio Libertador, quien fue condenado a sufrir la pena CINCO (05) AÑOS PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hoy derogada, SEGUNDO: Decreta el Total cumplimiento de la pena accesoria a la prisión, relativa a la Inhabilitación Política durante el tiempo que duró la pena principal, conforme a lo establecido en los artículos 495, 496 y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a los artículos 16, numerales 1° y articulo 23 y 24 todos del Código Penal.
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