De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Procesal Penal, se especifica las fechas a partir de las cuales el penado NOLBERTO JOSE GARCIA HURTADO, podrá solicitar los beneficios que establece la Ley una vez cumplida la mitad de la pena impuesta, que será a partir del 26-08-2006.
a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a UN (01) AÑO, UN (01) MES Y DIEZ (10) DIAS la cual cumplirá en fecha 16-07-2005, pero podrá solicitarlo a partir del 26-08-2006.
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS, la cual cumplirá en fecha 29-11-2005 A LAS 8 HORAS pero podrá solicitarlo a partir del 26-08-2006.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las 2/3 partes de la pena, que es igual a DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS CON 16 HORAS, la cual cumplirá el 22-05-2007 A LAS 16 HORAS.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir las 3/4 partes de la pena, que e.....