Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por los abogados JOSÉ ANTONIO GUILLEN ZAMBRANO y SARAH GABRIELA DE LA COROMOTO ZAMBRANO BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.026.821 y. V-18.391.234, inscritos en I.P.S.A, bajo los Nros 28.436 y 145.891 respectivamente, según poder Apud Acta riela al
folio 17, actuando con sus caracteres de apoderados especiales de la parte demandante Ciudadano OMAR ENRIQUE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad V-4.636.600 domiciliado en Avenida Rotaria, Urbanización Rafael Urdaneta, Casa N° 62, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira. Contra el Ciudadano JOSÉ DEL CARMEN CONTRERAS LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.227.673, .....