DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abg. ARELIS BEATRIZ NAVARRO, en su condición de defensora pública del ciudadano TULIO DEINMYS DIAZ ORTA, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de Marzo del 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual decretó PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano mencionado, pero por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, previstos y sancionados en el artículo 406 numeral 1, en concordancia con los artículos 80 y 424 del Código Penal. Quedando así CONFIRMADA la decisión recurrida.