PRIMERO: SE ACUERDA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en contra del ciudadano de los acusados DAVID JORGE DE ALMEIDA NUNEZ, de nacionalidad portuguesa, titular de la cédula de Identidad N° E-81.053.231, nacido el 04-03-1960, de profesión u oficio comerciante, de 48 años de edad, hijo de Rosa de Jesús Freire y de Juan Núñez Freire, residenciada en: Av. Intercomunal de Turmero, Urbanización Bicentenario, calle 24 de Julio casa N° 34, al lado del Banco Provincial y del Banco Exterior, Teléfono: 0243.2690615/0414.3449447 ( esposa Flor Bravo) y ANTONIO DE SOUSA GONCALVES, de nacionalidad venezolana (nacionalizado, titular de la cédula de Identidad N° V-7.418.952, nacido el 04-01-1950, de profesión u oficio comerciante, de 58 años de edad, hijo de Rosa de Sousa y de Joaquín Goncalvez, residenciado en: Barrio I, Calle Monagas, casa N° 73 al frente de la escuela Luis Pasarela, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar; por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICO.....