Se ADMITE el recurso interpuesto por la Abogada DANESIA DEYANIRA PEDRA VEGAS, en su carácter de Defensora Pública Cuarta Penal Ordinario del estado Vargas de los ciudadanos JULIO CESAR CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.904.446 y OSCAR ALEJANDRO TOVAR VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-26.327.433, en contra de la decisión dictada en fecha 30 de julio de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO la Privación Judicial Preventiva de Libertad al referido ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE CARÁCTER LEVE, previsto y sancionado en el artículo 416 y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 todos del Código Penal.