OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, al ciudadano JHONNY ORLANDO FUENMAYOR SOSA, titular de la cédula venezolana Nro. 5.090.744, quien es de nacionalidad Venezolana, natural del Estado Vargas, donde nació el 12-02-1958, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, residenciado en Barrio Canaima, Zona 4, escalera de los Gochos, casa Nro. 17 Maiquetía Estado Vargas, el cual culminará el 27-04-2010, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria del Beneficio otorgado.