En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano BOSCAN CAMPOS LEOPOLDO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, nacido en fecha 14 de Octubre de 1972, de 37 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Electricista, hijo de Leopoldo Boscan (v) y de Neove de Boscan (v), titular de la cédula de Identidad N° V-11.492.376, domiciliado en Bario La Pomona, San Sebastian, Avenida 42, casa N° 126-15, Sector La Pomona Estado Zulia, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.