Por todo lo antes expuesto, esta Juez Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos ANGEL GUILLERMO MAGLIANO FLORES y SURINOVA MARIA MEDEROS HERNANDEZ, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-6.563.583 y V-6.291.458, respectivamente, asistidos por el Profesional del derecho RAFAEL EMILIO HERNÁNDEZ MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el 69.203. En consecuencia, SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, contraído en fecha treinta y uno (31) de mayo de 1991, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda.
En cuanto al hijo habido de la unión conyugal, de nombre JEAN FRANCO MAGLIANO MEDEROS, la Guard.....