DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano LUIS NELL ACOSTA MENDOZA, indocumentado, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 22/06/1990, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Nancy Acosta (v) y de padre desconocido, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS, CUATRO (4) MESES y VEINTINUEVE (29) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal y USO DE FACSÍMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, cometidos en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. .....