Recibido el oficio UCI-0658-2006, emanado de la Dirección de Gestión Económica, Unidad de Catastro e Inmueble, en el cual se señaló que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, presentada por el (la) (los) (las) ciudadana (o) (s): ELIZABETH DEL CARMEN HERRERA RODRÍGUEZ, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). V- 7.054.753, es propiedad de Municipio, según documento registrado en la oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Federal, anotado bajo el Nro. 212, folio 41, Adicional 2do, _Trimestre de 1937, HACIENDA JUAN DÍAZ (CARABALLEDA), e instruida como ha sido la misma, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, la declara TITULO SUPLETORIO para asegurar la posesión o algún derecho que pudiera tener el (a) (los) (las) mencionado (a) (s) ciudadano (a) (s) de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.