DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano JOSÉ MANUEL CORVO RIVAS, de nacionalidad Venezolano, natural de La Guaira, estado Vargas, titular de la cédula de identidad número V-12.460.968, nacido en fecha 30/05/74, de 35 años de edad, hijo de MANUEL MARÍA CORVO (v) y NANCY MANUELA RIVAS GÓMEZ (v), actualmente residenciado en el Refugio Invepal, Parroquia Morón, Municipio Juan José Mora, estado Carabobo, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral tercero en relación los artículos 45 y 48, numeral séptimo, todos del Código Orgánico Procesal Penal l.....