de conformidad con la sentencia No. 972, de fecha 09-05-06, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda dejar SIN EFECTO, la convocatoria de audiencia de Violencia familiar realizada a las partes para el día 15 de Junio de 2006. Igualmente este tribunal NIEGA la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por el Ministerio Público en fecha 04-05-2004, por cuanto de la revisión exhaustiva de la presente causa no se pueden evidenciar los elementos de convicción necesarios para decretar Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad alguna. Por último acuerda DEVOLVER la presente causa a la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico, a los fines que se continúe con las investigaciones y un vez culminada la fase preparatoria se presente el acto conclusivo que haya lugar.