REVOCA la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, concedida a favor del ciudadano MICHEL ALEXANDER CEBALLOS ALVAREZ, quien es venezolano, natural de La Guaira, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Beatriz Alvarez de Ceballos y José Ramón Morales Ceballos, residenciado en la Soublette, Barrio José Gregorio Hernández, Nro. 31, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.717.666, en virtud del incumplimiento de las condiciones impuestas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.