De conformidad con lo dispuesto en el artículo 452, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 457 ejusdem ANULA la sentencia ABSOLUTORIA, a favor del acusado CARLOS JOSE MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.099.649, dictada por el Tribunal Mixto Sexto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Circunscripcional y en su lugar ORDENA la celebración de un juicio oral ante un Tribunal en el mismo Circuito Judicial, distinto del que la pronunció.