OTORGA el confinamiento al ciudadano PEREZ IBAÑEZ CARLOS ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.251.103, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Código Penal, por lo queda obligado a residir en la avenida Principal de Pueblo Nuevo, vereda Pie de Cuesta, casa N° 14-61, San Cristóbal Estado Táchira, y cumplir con un régimen de presentación semanal por ante la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal Estado Táchira, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20, segundo aparte ejusdem, hasta el 07-05-2005, fecha en la cual finalizaría el cumplimiento de la pena e igualmente a presentarse una vez al mes ante la sede de este órgano jurisdiccional.