Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por la parte solicitante, ciudadano CRUZ MANUEL MEZA PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.498.314. en consecuencia, se CONFIRMA en todas sus partes la sentencia de la recurrida, emanada del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, dictada en fecha diez (10) de diciembre de 2019, en consecuencia, se declara DESESTIMADA la solicitud de Título Supletorio. Así se decide. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente procedimiento, no hay expresa condenatoria en COSTAS, y así se decide. TERCERO: Por cuanto la presente.....