PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara INVERSORA 316228, C.A., sociedad mercantil e inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el día 17 de octubre de 1995, bajo el No. 57, Tomo 454 A-Sgdo contra MARIA ANTONIETA OLIVERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 7.993.878.
SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre INVERSORA 316228, C.A y la ciudadana MARIA ANTONIETA OLIVERO autenticado en fecha dieciocho (18) de agosto de 2004.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a entregar a la actora el inmueble identificado constituido por un apartamento No 48, letra “A”, situado en el piso 4 de la Torre “A” del Edificio denominado El Alamo, Residencias Marazul, situado frente al sector occidental, manzana 1, Urbanizacion Alamo, Parroquia Macuto del Estado Vargas.