DECRETA el CESE de la medida de coerción prevista en el articulo 256 en su ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, que fuera decretada en fecha 22 de Diciembre del año 2001, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra del ciudadano JAIME PERDOMO VIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, por lo cual se le concede la libertad sin restricciones de ninguna naturaleza, debiendo comparecer únicamente a la Audiencia Oral y Publica, previa citación librada al efecto.
Regístrese, notifíquese y déjese copia.