Vista la solicitud formulada por la ciudadana Nydia Josefina León Díaz, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-9.995.666, debidamente representada de abogado, mediante la cual solicita se le declare Único y Universal Heredero respecto al De-cujus OSCAR ANDRES ORIHUELA PEREZ, ex titular de la cedula de identidad Nro° V-6.470.484, fallecido el 18 de septiembre del 2020, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas NYDIA JOSEFINA LEÓN DÍAZ, KENYS DAILYN ORIHUELA LEON Y KATERINE ANDREINA ORIHUELA LEON, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros° V.....