éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARIA TERESA CASTILLO DE JIMENEZ, LESWY NOIDELYS JIMENEZ CASTILLO, ISABEL JIMENEZ CASTILLO, LUZ MARY JIMENEZ CASTILLO, LUIS JOSE JIMENEZ CASTILLO y LUIS JAVIER JIMENEZ CASTILLO, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.889.786, V-10.575.141, V-6.800.979, V-11.641.251, V-13.044.965 y V-24.334.140, en su orden, con respecto de la De-Cujus LUIS RAMON JIMENEZ PEREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídase las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiq.....