SEGUNDO: CONFORME AL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE A LOS CIUDADANOS: JHON GARY CAMARGO VILLADIEGO, quien dice ser de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 26-01-1989, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante de Derecho, titular de la cédula de identidad N° V-19.451.670, hijo de JOSÉ RENE CAMARGO (V) Y NELLY VILLADIEGO (V), y con residencia en: Ciudad de la Faria, Urb. Nueva Democracia, tercera etapa nivel Marina, casa 681068, Maracaibo, Estado Zulia y teléfono: 0261.7171833. JOSE GREGORIO ROMO JIMENEZ, quien dice ser de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, nacido en fecha 30-11-1982, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico Electrónica, titular de la cédula de identidad N° V-15.936.566, hijo de CAMPO ELÍAS ROMO (V) Y HORTENSIA JIMÉNEZ (V).....