Ahora bien, la condena impuesta finalizara el día 21 de Septiembre del 2014, pudiendo el penado solicitar cualquiera de las formulas alternativas al cumplimiento de la misma, según lo previsto en el artículo 500 del texto adjetivo penal, a partir de las fechas que a continuación se especifican:
1.- AUTORIZACION PARA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al cumplir una cuarta parte de la pena, es decir el día 28 de Agosto de 2009, a las doce (12) horas.
2.- REGIMEN ABIERTO, al cumplir una tercera parte de la pena, es decir, el día 21 de Marzo de 2010.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir las dos terceras partes de la pena, es decir, el día 21 de Junio de 2012.
4.- Por otra parte, considera este órgano jurisdiccional importante dejar plasmado en la presente decisión, que de conformidad con lo previsto en el artículo 52 del Código Penal, el día 13-01-2013, a las doce (12) horas, fecha en la cual cumple el penado de autos, la tres cuartas partes de la pena impuesta, podrá .....