En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano DALVER PASTOR PEREZ BATISTA, de nacionalidad Venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 15 de Octubre de 1974, de 35 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de María Gil (V) y de Jesús Crespo (v), domiciliado en Calle 3, entre 4 y 5 de la Municipal, Cerrito Blanco, Barquisimeto estado Lara y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.266.555, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.