DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte De Apelaciones En Penal Ordinario Y Responsabilidad Penal Del Adolescente Del Circuito Judicial Penal Del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición presentada por la Abogada MARIANELA SOJO TORRES, Juez Provisoria del Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa signada con el N° WJ01-X-2015-000018, (nomenclatura de ese Tribunal), seguida a la ciudadana NEREA IRIARTE DE NEDA, titular de la cédula de identidad N° V.-4.119.844, por lo tanto, la Juez Inhibida no puede conocer, tramitar o dirimir asuntos relacionados con esa causa, por cuanto ello iría en detrimento de una sana critica correcta e imparcial administración de justicia, todo de conformidad con lo establecido en los numerales 7 y 8 del artículo 89 del Código Orgánico P.....