En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado ALEX EDUARDO ARAGUACHE LOPEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, nacido en fecha 04-09-1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de Heriberto Araguache (v) y Migdalis López (v), titular de la cédula de identidad N° V-20.793.616, residenciado en Sector La Esperanza 01, vereda 13, casa 03, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas teléfono 0426-4004738, estado Vargas, por cumplimiento de la pena CUATRO (4) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISION por la comisión de los delitos de CONCUSION y PECULADO, previstos y sancionados en los artículos 60 y 54 de la Ley Contra la Corrupción.