En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano PEREDA MARIO ANDRES, de nacionalidad venezolana, nacido en La Guaira en fecha 24 de Abril de 1980, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Mario Marcano (v) y de Cruz Pereda (v) con domicilio en Avenida Soublette, casa s/n, de color amarillo, cerca de la sede de la PTJ, Parroquia La Guaira, titular de la cédula de identidad N° V-14.566.626, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.