DECRETA el CESE de la medida de coerción que fuera dictada en fecha 08 de Junio del año 2001, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, de este mismo Circuito Judicial Penal, en contra de los ciudadanos OSCAR IZQUIEL LANDAETA y JHONNY JOSÉ HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, ampliamente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en aplicación de las disposiciones previstas en los artículos 23; 7, 334 y 335 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por lo cual se les concede la libertad sin restricciones de ninguna naturaleza, debiendo comparecer únicamente a la Audiencia Oral y Publica, previa citación librada al efecto.