En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a ROIMAR GOMEZ RAMIREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Pregonero, Estado Táchira, nacido en fecha 22 de enero 1982, de 26 años de edad, de estado civil soltero, domiciliado en Sector La hortiza, Calle el Progreso, Casa N° 1-46, San Cristóbal estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-15.028.095, de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de Cuatro (04) Meses y Veinte (20) Días.