Acordó revisar las sentencias dictadas en fecha 11-04-2002 y 08-10-2002, mediante la cual condenó al ciudadano RICHARD ROMULO COELLO REYES, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN e igualmente los ciudadanos WILFREDO JOSE NAVARRO, JAIME RAFAEL CARDOZO RIZZO, LODELBEL ASIUL DELGADO LOPEZ los cuales fueron condenados a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a NUEVE (09) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 en relación con el articulo 3 único aparte y 46 ordinal 10ª todos de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá .....