deciden DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto y CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 07-08-2016, mediante la cual DECRETÓ LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos QUINTERO VALDERRAMA JOSE AURELIO, titular de la cédula de identidad Nº V.-22.647.398, GUTIERREZ JAHIR ALFONZO, titular de la cédula de identidad Nº V.-20.603.884, CORDOVA VILLARROEL DAVIS ALEXANDER, titular de la cédula de identidad Nº V.-23.590.149 y OCANDO ARIAS CARMEN ALICIA, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.860.814, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRABADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1, 3 y 4 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal y adicionalmente para el ciudadano CORDOV.....