MODIFICA la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal de fecha 21 de Julio de 2014, mediante la cual DECRETÓ LA DETENCION PREVENTIVA, prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en su lugar se IMPONEN al referido adolescente las Medidas Cautelares previstas en los literales c, d del artículo 582 ejusdem, para lo cual el acusado deberá presentar dos (2) fiadores, quienes se comprometerán en forma individual al pago de cuarenta (40) unidades tributarias, si el acusado evadiera la justicia; asimismo deberán consignar los fiadores ante el Juzgado de la causa, constancia de buena conducta, constancia de trabajo, constancia de residencia y deberán comprometerse ante el referido Juzgado al cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 246 ejusdem, así como también a cumplir presentaciones cada .....