Dicta los siguientes pronunciamientos: 1.- Declara SIN LUGAR la recusación interpuesta con fundamento en los numerales 4 y 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 87 del mismo código, por los defensores LUIS DIAZ GONZALEZ y MICHERD SALAS JIMENEZ, contra la ciudadana Juez Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de juicio de este Circuito Judicial, Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO, en consecuencia se ordena a la mencionada funcionaria judicial continúe el conocimiento de la causa seguida al acusado VITTORIO MOSCATO SAVARINO; ello de conformidad con lo previsto en la parten in fine del artículo 94 ejusdem, para lo cual deberá proceder a recabar la causa en original en el Tribunal de Juicio que por vía de distribución le haya correspondido.
2.- Declara IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE TEMERIDAD efectuada por la Juez ROSALBA MUÑOZ , por considerar que los recusantes actuaron en defensa de los derechos de su patrocinado.