Dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: ADMITE el recurso de revisión ejercido por el Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a favor del penado JHONNY JESUS BOLIVAR ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.139.417, en razón de la sentencia definitivamente firme publicada por el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal de esta Circunscripción Judicial en fecha 31/03/1997, en la que CONDENÓ al referido penado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÌCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y penado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo previsto en el numeral 6 del artículo 470, en relación con el numeral 6 del artículo 471, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 474, 455 y 456, todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUND.....