ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Profesional del Derecho Abogado RAFAEL QUIROZ, en su carácter de defensor del imputado EDINXON EDUARDO JIMENEZ SALAZAR, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de Julio de 2008, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el mencionado imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 numerales 2° y 3°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 primer aparte Ejusdem.