ADMITE los recursos de revisión interpuestos por el penado ANDERSON ENRIQUE RIVERO FAURE en fecha 23/05/2013 y la Abogada LIRIO PADILLA F, Defensora Pública Décimo Tercera Penal Ordinario en Fase de Ejecución del Estado Vargas en fecha 02/07/2013, en razón de la sentencia definitivamente firme publicada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 30/09/2011, en la que fue CONDENADO el precitado ciudadano a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado y penado en el artículo 277 ejusdem y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 ibídem.