Se exime a los imputados YERMAN JESUS PEREZ LOPEZ, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, nacido el 14/08/1987, de 24 años de edad, de profesión u oficio Comerciante Informal, estado civil soltero, hijo de Yesenia López (v) y de Juan Pérez (f), titular de la Cédula de Identidad N° 19.796.701 y residenciado en Quenepe, La Redoma, Calle Luis Pardo Medina a dos casas del comedor popular, estado Vargas y KEINER JOSE APONTE, de nacionalidad venezolano, natural de Ciudad Bolívar, nacido el 25-06-1978, de 32 años de edad, de profesión u oficio Obrero, estado civil soltero, hijo de Annelis Ponte(v) y de Antonio Maita (f), titular de la Cédula de Identidad N° 14.223.371 y residenciado en Quenepe, Calle Luis Pardo Medina sector 3, La Lagunita, estado Vargas, de la obligación de presentar caución mediante fiadores, siendo que dichos ciudadanos carece de la capacidad económica y no conoce personas en su entorno social que puedan afianzarlos, en tal sentido se le impone caución juratoria.....