Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. ANCCELUT PRIETO MALDONADO, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección al ciudadano: RICARDO ANTONIO DÁVILA ANGARITA, de nacionalidad venezolana, de profesión u oficio: Técnico en Comunicación, actualmente trabajando como conductor, de 48 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.303.040,residenciado en: Calle Principal Santa Eduvigis, entrada del Callejón Guri, frente al Taller Guri, casa Nº 208, Parroquia Urimare, estado Vargas, de conformidad con los artículos 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venez.....