Por todo lo antes expuesto, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Juez Unipersonal N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Rectificación de Partida de Nacimiento, del niño ANDRES JOSE, formulada por la ciudadana FRANCISCA MAGDALENA RODRIGUEZ VELIZ, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil para Nacimientos llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha dieciséis (16) de Noviembre de mil novecientos noventa y dos (1992), bajo el N° 1.684, Folio N° 342 (vto), en el sentido de que deberán estampar la nota marginal en la Partida de Nacimiento supra identificada en el lugar donde dice: “ ….en el Hospital Simón Bolívar, Ocumare del Tuy, Estado Bolívar…” deberá decir “….en el Hospital Simón Bolívar, .....